Los apoderados deben llevar la copia autorizada del poder. Tratándose de administradores de sociedades o entidades, la copia autorizada de la escritura donde se acredite el nombramiento del cargo.
El Titular Real. En caso de apoderados o representantes de sociedad, la legislación de blanqueo de capitales exige identificar al titular real o beneficiario último de la operación. Normalmente se hace por medio de un acta notarial de manifestaciones.